Spence de BHP demanda por US$ 8,5 millones a sindicato por perjuicios de paros aÂÂilegalesaÂÂ
(La compaA±AÂa) no puede amparar paralizaciones que se desarrollan fuera del marco legal aplicableaÂÂ.
DeclaraciA3n BHP
Ante el 1er Juzgado Civil de Antofagasta:
Abogados expertos seA±alan que con esta acciA3n, en lo sucesivo, las agrupaciones sindicales pensarA¡n mA¡s de una vez antes de arriesgarse a un paro fuera de un proceso reglado.
JPP. y CSJ.
El caso de Spence adquiere especial relevancia por la magnitud de los perjuicios reclamados y por tratarse de paralizaciones cuya legalidad es controvertidaaÂÂ.
Macarena Iturra
Socia de OI Abogados
Con esta demanda los sindicatos pensarA¡n mA¡s de una vez en el futuro paralizar funciones fuera de la negociaciA3n, a fin de no exponerse al pago de importantes sumas indemnizatoriasaÂÂ.
Marcelo Albornoz
Exdirector del Trabajo
La minera Spence, perteneciente a la firma BHP, que tambiA©n opera Escondida en Chile, entre otras faenas, interpuso una acciA3n civil de indemnizaciA3n de perjuicios por unos US$ 8,5 millones en contra del Sindicato de Operadores y Mantenedores del yacimiento a raAÂz de las paralizaciones ocurridas en julio de 2026.
Se trata de una demanda de indemnizaciA3n de perjuicios por responsabilidad extracontractual en contra de dicha asociaciA3n, representada por su presidente, Ronald Salcedo, en la que la minera estima que el daA±o sufrido por estos paros asciende a US$ 8.580.944, equivalentes a $8.450.685.270.
En la acciA3n, la minera solicita que este monto aÂÂsea declarado y ordenado a pagar por el Sindicato demandado, con los reajustes e intereses que correspondanaÂÂ.
En su demanda la minera alude a dos paralizaciones de funciones ilegales, aÂÂconvocadas y dirigidas por el propio Sindicato los dAÂas 30 de junio y 1 de julio (la aÂÂPrimera ParalizaciA3naÂÂ), y 7 y 8 de julio de 2026 (la aÂÂSegunda ParalizaciA3naÂÂ), las cuales afectaron de forma significativa la operaciA3naÂÂ.
Acusa que el objetivo central de la asociaciA3n fue ejercer una medida con el propA3sito de aÂÂpresionar a Spence para que pagara un bono extraordinario aÂÂo aÂÂcompensaciA3naÂÂaÂÂ de $5.000.000 por afiliado, ajeno al instrumento colectivo vigente y a los contratos individuales de sus socios. Spence respondiA3 por escrito que cumplirAÂa el contrato colectivo, el cual no contemplaba el referido pagoaÂÂ.
En su acciA3n, la minera precisa que incluso antes del inicio de las paralizaciones, aÂÂpersoneros de Spence sostuvieron reiteradas conversaciones con el directorio sindical para advertirle sobre la improcedencia de dichas medidas e instarlo a desistir de ellas, sin A©xito. Posteriormente, Spence le requiriA3 por carta al Sindicato el cese inmediato de la medida el 1 de julio, durante la Primera ParalizaciA3n, y, a pesar de ello, una semana despuA©s el Sindicato repitiA3 el mismo patrA3naÂÂ. AgregA3 que esta secuencia de hechos revela no solo el conocimiento efectivo de las consecuencias de sus actos, aÂÂsino tambiA©n la voluntad de perseverar en ellos, configurA¡ndose asA una conducta dolosa o, a lo menos, culpable. Como consecuencia de lo anterior, la firma seA±ala que debiA3 activar un plan de contingencia que exigiA3 horas extraordinarias, traslados, alojamiento, entre otros, y sufriA3, asimismo, la pA©rdida antes mencionada por unos US$ 8,5 millones.
Consultada por esta demanda, BHP enviA3 una declaraciA3n en la que seA±ala que aÂÂla compaA±AÂa tiene un compromiso permanente con sus trabajadores, y las organizaciones sindicales que los representan, de resguardar la seguridad de las personas, promover las relaciones laborales constructivas y asegurar la continuidad responsable de nuestras operaciones, por lo que no puede amparar paralizaciones que se desarrollan fuera del marco legal aplicableaÂÂ.
No fue posible contactar a Ronald Salcedo por la acciA3n de la firma en contra del sindicato que preside.
Spence exhibe una caAÂda en producciA3n de 25,5% en el lapso enero-agosto de este aA±o, con un volumen acumulado de 131.200 toneladas, segAon Cochilco.
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Si bien a primera vista esta acciA3n civil parece inA©dita, Macarena Iturra, socia de OI Abogados, seA±ala que no es asAÂ. aÂÂNo estamos frente a una acciA3n jurAÂdicamente inA©dita, pero sA particularmente excepcional en el A¡mbito de las relaciones laborales chilenas. Existen antecedentes recientes, como la demanda civil presentada por Finning Chile contra una organizaciA3n sindical y sus dirigentes reclamando una indemnizaciA3n cercana a los $775 millones por perjuicios asociados a una movilizaciA3n laboralaÂÂ.
Sin embargo, manifiesta que aÂÂel caso de Spence adquiere especial relevancia por la magnitud de los perjuicios reclamados y por tratarse de paralizaciones cuya legalidad es controvertida, realizadas fuera de un proceso de negociaciA3n colectiva regladaaÂÂ.
AA±ade que el debate jurAÂdico estarA¡ centrado en determinar si las actuaciones sindicales excedieron los lAÂmites de protecciA3n del derecho de huelga y si concurren los presupuestos para atribuir responsabilidad civil a la organizaciA3n. aÂÂSu resoluciA3n podrAÂa contribuir significativamente a delimitar las consecuencias patrimoniales de actuaciones sindicales contrarias a derechoaÂÂ, concluye.
Marcelo Albornoz, socio de Albornoz y CAÂa Abogados y exdirector del Trabajo, afirma que aÂÂasA como fue inA©dito en Chile que los tribunales reconocieran como legAÂtimo el ejercicio del derecho a huelga fuera del marco de la negociaciA3n colectiva reglada, esta demanda tambiA©n marca un hito en el debate sobre la juridicidad de paralizar funciones en el contexto de un conflicto laboral no enmarcado en la negociaciA3n, con la importante salvedad de que la empresa llevA3 este asunto a sede civil y no laboral, puesto que busca ser indemnizada por el perjuicio econA3mico que le provocA3 tal paralizaciA3naÂÂ.
AA±ade que el caso serA¡ relevante porque saldrA¡ de la esfera de la competencia laboral. aÂÂProbablemente el sindicato alegue la incompetencia de un juez civil o alegue que el acto es lAÂcitoaÂÂ, estima.
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